Incrementar la lista de delitos que ameritan prisión preventiva, no es un buen camino para corregir el Nuevo Sistema Penal, consideró José Ramón Cossío Díaz, ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

A poco más de un año que entró en vigor el Nuevo Sistema de Justicia Penal, se han evidenciado deficiencias en su aplicación, una de ellas y la más preocupante para la sociedad y sectores políticos, es que los inculpados gocen de libertad mientras está en curso su proceso.

En días recientes, el ministro Cossío Díaz expuso que no es la alternativa, dado que se trastocaría la filosofía de los juicios orales; además, la población de reos no vive en óptimas condiciones en las cárceles y al mismo tiempo aumentaría.

Parecería que los delincuentes están jugando con las reglas del juego. Hay que dimensionar la crisis que tenemos y ver, que la mayor deficiencia está en las policías, servicios periciales y fiscales”.

En entrevista con Poblanerías en línea, Ricardo Fernández Fuentes, especialista en Derecho Constitucional de la Universidad Popular Autónoma del Estado de Puebla (UPAEP) coincidió con el pronunciamiento y señaló que el sistema es perfectible.

Y seguimos teniendo la hipótesis que el sistema como tal pues es perfectible lo que está fallando es precisamente la capacitación y el actuar de los propios elementos de policía y los intervinientes en la fiscalía que son los ministerios públicos”.

Esto, debido a que a petición de los integrantes de la Comisión Nacional de Gobernadores (Conago) el Poder Legislativo Federal someterá a análisis la propuesta de ampliar el catálogo de delitos a los que se les otorga prisión preventiva oficiosa, entre ellos:

  • Violación
  • Lesiones graves
  • Homicidio doloso
  • Secuestro

Por el contrario otros como en el robo, el imputado además de gozar de un sistema garantista en el que prevalece el principio de presunción de inocencia, es decir es inocente hasta que se demuestre lo contrario.


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El inculpado, además de gozar de una defensa adecuada tiene a su disposición el medio alternativo de solución, en donde antes que se dicte una sentencia condenatoria existe la posibilidad de conciliar con el agraviado.

Definitivamente es lo que ha causado tanta inconformidad, por qué se llega a un acuerdo antes que se dicte sentencia, antes que llegues a la prisión; pero también hay que ver el otro aspecto, la ley da la alternativa de conciliar, de reparar el daño inmediatamente y así evitar la cárcel”.

El especialista en derecho constitucional señaló que para que el imputado goce de este beneficio, la parte agraviada tuvo que aceptar la reparación del daño.

Hay que ver el otro lado, ya sea el agraviado o los familiares del agraviado aceptan la indemnización, o sea la negociación no es unilateral, si la parte agraviada no acepta el monto de indemnización por reparación del daño, esa persona jamás va a poder salir de la cárcel, entonces son dos ópticas”.

Falta capacitación a primeros respondientes y fiscales

Si bien reconoció que el sistema el perfectible, la responsabilidad de probar que el imputado no es inocente, recae en quienes recaban las pruebas suficientes para desvirtuar el principio de presunción de inocencia.

Sin embargo, desde 2008 que inició la implementación del sistema, no hubo la capacitación suficiente para policías, en todos los niveles, como primeros respondientes; ni para los fiscales.

Hoy el nuevo sistema penal tiene la virtud precisamente de iniciar un procedimiento, pero siempre será bajo el principio de no eres culpable y el ministerio público o fiscal tiene la obligación de determinar y buscar aquellos elementos para demostrar la culpabilidad”.

Empero, transcurrieron ocho años para que el Nuevo Sistema Penal entrara en vigor y no se capacitó al personal lo suficiente para integrar correctamente la primera etapa del proceso que corresponde a la investigación.

Investigación inicial: recaba datos de prueba, integra carpeta de investigación donde los policías como primeros respondientes puede investigar, mientras la policía ministerial puede coordinar las pruebas periciales y así se lleve correctamente la cadena de custodia.

Lo anterior, derivó en que 2,388 probables delincuentes obtuvieran la libertad en Puebla, en los últimos meses.

Diferencias entre el sistema anterior y el nuevo

El Sistema Inquisitorio mixto o juicios tradicionales se caracterizó por:

  • Llevar juicios escritos y no públicos
  • Los inculpados debían probar su inocencia durante el proceso
  • Todos los delitos se consignaban a juicio
  • La defensa de la víctima o inculpado podía recaer en una persona de confianza, sin importar si es abogado.
  • En el proceso solo participaba el ministerio público
  • El ministerio público validaba las pruebas
  • La revisión del proceso recae en un solo juzgado
  • Tiempos indefinidos de las etapas del proceso
  • Daba lugar a la prisión preventiva oficiosa, personas inocentes o imputadas de delitos menores vivían su proceso en prisión
  • La preparación del daño a las víctimas tienes lugar después de dictada la sentencia condenatoria
  • Carencia de soluciones alternas y mecanismos de justicia alternativa

El Nuevo Sistema de Justicia Penal se caracteriza por:

  • Lleva juicios orales y audiencias públicas
  • Los imputados de algún delito se presumen inocentes y serán tratados como tal hasta que se demuestre lo contrario
  • Procura que solo los delitos graves se consignen a juicio
  • La víctima cuenta con el apoyo del asesor jurídico, mientras el imputado con un defensor público, ambos deben ser abogados titulados.
  • En el proceso participa el ministerio público y la víctima
  • El ministerio público conduce la investigación y los jueces validan las pruebas
  • Se divide la revisión en varias figuras durante el proceso
  • Tiempos definidos de las etapas del proceso
  • La prisión preventiva se da solo por el delitos que merezcan la pena privativa de la libertad
  • La reparación y la atención a la víctima es una prioridad durante todo el proceso
  • Se ponen en práctica soluciones alternas y las formas de terminación antes de la apertura del juicio oral.

Conclusión

A decir del abogado especialista en derecho constitucional fueron ocho años de la implementación del Nuevo Sistema Penal; sin embargo, aún está en proceso de adaptación por lo que llevará de 24 a 36 meses más que concluya al 100 por ciento su adaptación.

Hay un camino muy largo y se tiene una expectativa de dos o tres años más para adaptarse al nuevo sistema esperando que las entidades gubernamentales le den la importancia y la relevancia a la capacitación de sus propios elementos”.

POB/LFJ