Puebla, Puebla.- El gobernador Rafael Moreno Valle y su vocero, Sergio Ramírez Robles, violaron la Constitución y el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe) al contratar la difusión de spots del 1er Informe de Gobierno en estaciones de radio y cines fuera del territorio poblano.

Esa fue la conclusión a la que llegó el Consejo General del Instituto Federal Electoral (IFE) quien dejó en manos del Congreso del estado y de la Contraloría estatal la sanción a dichos funcionarios.

La investigación realizada por el IFE comprobó que se transmitieron spots radiofónicos del gobernador poblano en Jalisco, Colima y Tamaulipas y se proyectaron spots en salas de cine de la cadena Cinemex, ubicadas en la capital del país.

La queja que motivó la sanción fue presentada el 3 de febrero de 2012 por Francisco Jesús Hernández Torralba, vecino de la ciudad de México. Esta misma persona logró que se bajaran los anuncios del libro “Peña y sus mujeres” con el argumento de que podía ser considerada publicidad engañosa  a favor del candidato tricolor.

En su queja Hernández Torralba señaló también que en estaciones de radio del Distrito Federal y en cines de la misma localidad, se difundieron spots del 1er informe de labores de Moreno Valle; citó además una nota del diario Reforma donde se da a conocer que la campaña de difusión del mandatario poblano tuvo alcances nacionales.

La mayoría de los consejeros del IFE aprobaron la aplicación de una amonestación pública al mandatario pero dejaron en manos del Congreso del estado y de la Contraloría estatal analizar la violación al artículo 134 constitucional y al 238 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe), pues desde la óptica del instituto, si bien se difundieron spots fuera de los tiempos que establece la ley y fuera del territorio poblano, estos no afectaron el proceso electoral, por lo que corresponde a las autoridades locales revisar el caso e imponer la sanción respectiva de acuerdo a la ley de responsabilidades de los servidores públicos.


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El Cofipe establece que la difusión del informe de labores de los servidores públicos solo puede hacerse “en estaciones y canales con cobertura regional correspondiente al ámbito geográfico de responsabilidad del servidor público, y no exceder a los siete días anteriores y cinco posteriores a la fecha en que se rinda el informe”.
 

Sanción a los cines

 
El proyecto inicial sólo consideraba sancionar a las radiodifusoras involucradas, entre ellas la XEGY-AM 1070 Radio Tehuacán, pero dejaba fuera de la sanción a la empresa Make-Pro responsable de los spots que se transmitieron en las salas de cine de la cadena Cinemex, y que forma parte de Corporación Interamericana de Espectáculos (CIE), que también agrupa a Ocesa y Ticketmaster entre otros.

Durante el debate, el consejero Alfredo Figueroa recordó que el cine es también un medio de comunicación y que es necesario incluirlo en el catálogo de medios y sancionar también a los responsables.

Y apuntó: “ya se declaró fundado que el 288 no está amparando lo que el gobernador hizo, y estando ante la primera denuncia por el caso del uso de los cines y no teniendo elementos de la capacidad económica de este infractor, se debe establecer una sanción leve, mínima, pero bajo la lógica de tener claro que la conducta vinculada a la difusión de mensajes prohibidos por la constitución, por supuesto que debe tener una consecuencia material”.

Por ello propuso se aplique a la empresa Make-Pro, una amonestación pública. La propuesta fue aprobada junto con el expediente completo.