El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) estudia los 54 juicios interpuesta por 25 magistrados de tribunales electorales locales contra la reforma político-electoral, porque presuntamente viola la Ley de Inamovilidad.
En entrevista, la magistrada de la Sala Superior del TEPJF, María del Carmen Alanis, se reservó el derecho de abundar sobre el contenido de los juicios que interpusieron los magistrados, a fin de no quedar impedida por ley en la discusión y aprobación, o no, de los mismos.
Hay, digamos, tres grupos de impugnación y por lo que hace a los juicios para la protección de derechos políticos de ciudadanos que tenemos en el tribunal, no puedo decir nada porque todavía están en las ponencias, estamos estudiando los asuntos”, acotó la magistrada.
Abundó que lo cierto es que se trata de juicios que están cuestionando la reforma constitucional, aprobada el 10 de febrero pasado, y que no puede comentar nada al respecto.
Sin embargo, Alanis Figueroa explicó que no hay efectos suspensivos contra la reforma constitucional, por lo que el constituyente tiene hasta el 30 de abril para aprobar las leyes secundarias en la materia.
En esta materia no hay efectos suspensivos, la reforma constitucional se aprobó y sigue su curso, habrá que esperar las leyes reglamentarias para conocer el mecanismo y el modelo de las reglas secundarias”.
Se sumó a lo expresado por el presidente del TEPJF, José Alejandro Luna Ramos, en el sentido de que en el órgano jurisdiccional “somos respetuosos de cada ámbito de acción y la reforma constitucional, pues la tenemos que aplicar y seguir adelante”.
Dijo tener conocimiento de que algunos magistrados y consejeros electorales también siguieron la vía jurídica del amparo.
En algunos estados del país, recordó, hay tribunales electorales “que son salas o magistrados de otros tribunales de otra materia que pertenecen al Poder Judicial local y los habilitan como magistrados electorales para el año de las elecciones”.
Entonces, ahí hay un modelo de justicia electoral especial y un grupo de magistrados recurrió también a la vía del amparo.
Magistrados de los tribunales electorales de Veracruz, Coahuila, Jalisco, San Luis Potosí, Morelos, Colima, Tabasco, Tlaxcala, Sonora y Durango solicitaron se declare inconstitucional el Artículo 10 Transitorio de la reforma constitucional, por considerar que contraviene el principio de inamovilidad del Poder Judicial.
El artículo establece el cese de magistrados electorales estatales en funciones, salvo los que se encuentren en proceso electoral local y ordena al Senado de la República designar a los nuevos funcionarios, sin embargo, los colegiados buscan echar para atrás su contenido a fin de prorrogar su mandato.