Por presuntos abusos cometidos en la aplicación de la fuerza física, detención arbitraria, retención ilegal de personas y por la incomunicación a la que fueron sujetas, un grupo de sexoservidoras presentó una denuncia ante la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CDH Puebla).
Víctor Vázquez Juárez, secretario Técnico Ejecutivo de la propia CEDH revela que estos señalamientos se hicieron en contra de elementos de la Policía Ministerial y agentes del Ministerio Público que hace poco menos de tres semanas, realizaron un operativo en un hotel ubicado en el Centro Histórico de la ciudad.
En entrevista con Poblanerías en línea, asegura que éste es el primer caso de tales características que es denunciado antes la comisión; pero se suma a otro que está en curso y cuya denuncia directa es contra las autoridades de Tehuacán, a quienes la CDH Puebla ya emitió una recomendación.
Ante ello, invita a que a todas las organizaciones que representan a las sexoservidoras, para que se acerquen a la CDH y denuncien cualquier violación a sus derechos humanos por parte de cualquier autoridad.
Por temor, no se denuncia
Cuestionado sobre los motivos por los cuales las trabajadoras sexuales no denuncian abusos en su contra, Vázquez Juárez considera que no es por desconocimiento, sino por temor.
En este sentido, explica: “si me quejo igual y tengo éxito pero me van a estar molestando, mejor me quedo así, es decir, se crea un círculo vicioso que no se rompe si no se presenta la queja.
Pone como ejemplo el caso de la recomendación emitida al Ayuntamiento de Tehuacán, que –asegura– tiene muchas repercusiones, porque fue presentado por agresiones cometidas contra una persona que, en un inicio, no quería presentar su denuncia, pese a los abusos a los que había sido enfrentado.
Resulta importante convencer a la gente de que es afectación a sus derechos y que nos los pueden estar trasgrediendo y que este seguimiento les puede ser útil”.
En el caso de las sexo-servidoras del Centro Histórico, asegura que el asunto ya se ha platicado con Brahim Zamora, director de Comunicación del Observatorio por los Derechos Sexuales y Reproductivos, quien ha reconocido que, muchas veces, no se brinda seguimiento a las denuncias.
Trámites “cortos”
Contrario a la percepción general, asegura que una vez que llega la queja a la Comisión Estatal de Derechos Humanos, se pide inmediatamente la información a la autoridad y si es posible conciliar, la reunión se lleva a cabo.
En caso contrario, la autoridad señalada tiene ocho días para contestar a partir de la presentación de la queja, se sigue el proceso, y para llegar a una recomendación, es necesaria la aportación de pruebas, lapso que en promedio va de los tres a los tres meses y medio.
Consecuencias
En cuanto a efectos que genera una recomendación emitida por la CDH Puebla, explica que puede ir desde sanciones administrativas a las personas involucradas.
En el caso de haber incurrido en un delito, expone, se solicita la colaboración de la Procuraduría General de Justicia para iniciar la averiguación respectiva; de modo que se reúnan las pruebas necesarias y se actúe en consecuencia.
Sostiene que acatar las recomendaciones dependerá de la autoridad que haya cometido esa violación a derechos humanos, aunque aclara que en la gran mayoría de los casos (hasta en un 90 por ciento de los casos) éstas se aceptan.
¿Cómo funciona?
Por último, Víctor Vázquez explica que la Comisión Estatal de Derechos Humanos ofrece a la sociedad en general, dos áreas importantes:
La primera es la defensa de los derechos humanos ante su posible violación por alguna autoridad, lo que se realiza de manera gratuita las 24 horas del día, los 365 días del año.
Los quejosos cuentan además con un abogado detrás de la línea que los atenderá de manera personal o por correo electrónico o por cualquier medio de comunicación.
La segunda, abunda, son las actividades de difusión de los derechos humanos, a través de conferencias, talleres y diplomados, así como seminarios, donde se procura explicar que es un procedimiento jurídico al cual puede acceder cualquier persona.
Refiere que éste es uno de los procedimientos en materia de la defensa de derechos humanos no jurisdiccional como normalmente se conoce, sin embargo se constituye en un medio muy bondadoso y que tampoco tiene costo.
Asegura que el asesoramiento es llevado a cabo hasta las últimas consecuencias donde la CDH tenga injerencia.