Este martes, la Cámara de Diputados aprobó la modificación a los artículos 11 y 73 de la Constitución, para establecer el derecho a la movilidad universal, bajo los principios de igualdad, accesibilidad, disponibilidad y sustentabilidad.
El artículo 11 dicta que toda persona puede viajar o mudar de residencia al interior del país sin la necesidad de un pasaporte, o algún documento similar, en tanto que, el artículo 73 señala que el Congreso tiene la facultad de regular la concurrencia de personas en estados y municipios, en beneficio de de la preservación del ambiente, así como el equilibrio ecológico y social.
Los arreglos a dichos artículos refieren a que será obligación de todos los órdenes de gobierno, implementar acciones que permitan a los ciudadanos realizar sus actividades cotidianas, pero bajo condiciones de seguridad.
Por su parte, los partidos opositores, (PRD, Movimiento Ciudadano y PT), mostraron su preocupación porque esta ley afecte el derecho de los ciudadanos a manifestarse.
Asismismo, integrantes de la izquierda presentaron reservas que fueron rechazadas.
El dictamen fue enviado al Senado, y señala que el Congreso de la Unión expedirá la Ley General de Movilidad en un plazo no mayor de 180 días a partir de la entrada en vigor de este decreto.
POB/BDH