Arán García Sánchez, doctor en Derecho y profesor del Departamento de Derecho en Diplomacia y Ciencia Política del Instituto Tecnológico de Estudios Superiores de Monterrey (ITESM), aseguró que en Puebla se vive un concepto de inconstitucionalidad en lo referente a la aprobación de los matrimonios igualitarios.

[box type=”custom” color=”#969696″ bg=”#ededed” border=”#424242″]Nota del editor: En Poblanerías damos voz a todos los implicados en el tema de matrimonios igualitarios, para ver los contenidos relacionados, haz clic aquí. [/box]

Explicó que se tiene que entender que el concepto de la unión entre dos personas del mismo sexo se funde en la legalidad a nivel estatal y en la constitucionalidad a nivel federal.

“Tarde o temprano” -expresó- el Congreso de Puebla “no tendrá para donde ir”, y aprobará la reforma de Ley, pues los tiempos se acotan cada vez más y no se puede vivir en un concepto inconstitucional.

En entrevista con Poblanerías en línea, el académico dijo que todo ello queda en manos de la intención política que tengan los legisladores.

Si nos damos cuenta, en Puebla en cuanto al tema de matrimonios igualitarios vivimos en un estado de inconstitucionalidad y así lo advierten las dos jurisprudencias emitidas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre el particular, aquí se sigue teniendo un concepto legal, pero a la vez inconstitucional, prueba de ello son los más de 30 amparos que se han presentado y que a su vez son recursos que se han ganado y que ya pueden contraer matrimonio”.

MARCHA MATRIMONIO IGUALITARIO 0261En lo referente a los amparos, dijo que las personas acuden a la justicia federal, quien determina que las acciones ejercidas en Puebla son inconstitucionales. Es aquí donde son avalados porque es un hecho discriminatorio y los obliga a hacer legal el matrimonio entre las personas del mismo sexo, independientemente de que el Congreso no lo contempla.


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Legisladores omisos

García Sánchez aceptó desconocer si existe una sanción por desacato al Poder Legislativo por no cumplir con estas recomendaciones de la Corte y el Congreso de la Unión.

Sin embargo, aclaró, que independientemente de ello, en el estado ya existe una iniciativa en este tema, por parte de Socorro Quezada, diputada local. Para el académico, los legisladores “no han querido trabajar sobre este asunto”, lo que indica que Puebla está desfasada a nivel nacional en materia legislativa en materia de la aprobación de los matrimonios igualitarios.

Tenemos que pasar a que el concepto de matrimonio en Puebla se funde en la legalidad, todo ello queda en manos de la intención política que tengan los legisladores locales”.

Antecedentes desde 2010

El experto en Derecho comentó que desde 2010 se ha negado la posibilidad de que tenga un reconocimiento Constitucional. Recordó que la sentencia de la Corte -también en ese año- afirmó que el concepto de matrimonio no afecta contra ningún principio de carácter constitucional y por lo tanto se decreta la Constitucionalidad del mismo.

MARCHA ANUAL LÉSBICO-GAYDijo que a partir de ese momento, en varias entidades federativas se empezaron a celebrar matrimonios entre personas del mismo sexo, a los que se les ha denominado “Matrimonios Legales”. Arán García Sánchez dijo que este hecho vino a “sacudir” a la institución del Registro Civil, pues las personas cuando las personas solicitaban la celebración y esta se les negaba, recurrían al amparo.

Ya en esta instancia, precisó el académico, el juez judicial federal decreta que se celebren los matrimonios, para no atentar contra el principio de la no discriminación, fundamentado precisamente en la dignidad humana que establece la Constitución Federal.

Las jurisprudencias de la SCJN

Explicó que la SCJN en 2015, a través de dos jurisprudencias, se pronunció netamente en relación al matrimonio igualitario.

En este sentido, dijo que las jurisprudencias emitidas por la Corte son del 2015 y están asignadas con los número 46/2015, así como la 41/2015.

En una de ellas se determina que todos aquellos Códigos Civiles que establezcan que el matrimonio es entre personas de diferente sexo y en algunos casos, sea para la procreación de la especie, se consideran discriminatorios, y por lo tanto atentan contra la Constitución Política de México.

POB/LFJ