El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), resolvió que los candidatos presidenciales si pueden realizar debates en el periodo de intercampañas, ya que la prohibición emitida por Instituto Nacional Electoral (INE), atenta contra la libertad de expresión y la libertad de información.

El proyecto presentado por el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, dio voz a las impugnaciones presentadas por la Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión, el Partido Revolucionario Institucional y la televisora TV Azteca, y fue aprobado  por unanimidad, con 7 votos a favor se revocó el acuerdo del INE que prohíbe los debates en medios de comunicación entre candidatos a cualquier puesto de elección popular en el periodo de intercampañas que concluye el 29 de marzo.

De esta forma, los medios de comunicación y candidatos pueden realizar y participar en mesas redondas o de análisis, entrevistas y debates, únicamente tienen como límite las disposiciones legales relativas a actos anticipados de campaña, y las restricciones en cuanto a la adquisición de tiempos en radio y televisión.

Durante las intercampañas se encuentra prohibida la actividad publicitaria dirigida a influir en las preferencias electorales, más no la que tiene como fin un ejercicio periodístico, se prohíbe la contratación o adquisición de propaganda en radio y televisión, la que difundan debe ser política o genérica sin llamado expreso al voto, haciendo solo referencia a temas de interés general e informativo.

El pasado 8 de febrero el Consejo General del INE señaló lo que los candidatos podían hacer, y lo que no durante el periodo de intercampañas, con motivo de una solicitud de MORENA y del Partido del Trabajo, el 19 de febrero concluyó que los candidatos no podian participar en debates ni mesas redondas, donde hubiera dos o más candidatos durante el periodo de intercampañas que termina el 29 de marzo.


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POB/PSC