Rocío García Olmedo, coordinadora de la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional (PRI) en el Congreso local, señaló que los priístas están analizando la viabilidad de remover al presidente de la Mesa Directiva, José Juan Espinosa Torres, e indicó que esperarán que se agende para someterse al pleno, pues en el artículo 72 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo se indica los supuestos para destituir al presidente de ser el caso.

Sin pronunciarse a favor o en contra de la propuesta que está impulsando el PAN, Movimiento Ciudadano, Nueva Alianza y el PRD, la priista informó que con la finalidad de abonar a la paz y tranquilidad en el Congreso, los cuatro diputados del tricolor convocan a una mesa de reconciliación, pues considera que los ciudadanos necesitan trabajo legislativo y no discusiones estériles y mucho menos agresiones físicas y verbales como las registradas en últimas semanas entre algunos legisladores.

Derivado del zafarrancho entre los coordinadores del bloque del Frente por Puebla y de Juntos Haremos Historia en la Junta de Gobierno y Coordinación Política, la priista, quien también estuvo presente el día de las agresiones, consideró necesario y urgente convocar a sus compañeros a un acto de “contrición”, es decir, de reconciliación, mesura y madurez política, a efecto de poder continuar con el trabajo legislativo.

Expuso que este tema lamentable será abordado desde el punto de vista del PRI, por lo que habrá que esperar si sus compañeros de curul aceptan dialogar de manera pacífica y sin anteponer el “hígado”.

ARTÍCULO 72.- Los integrantes de la Mesa Directiva sólo podrán ser removidos con el voto de la mayoría calificada de los diputados, por alguna de las siguientes causas:

I.- Transgredir en forma grave o reiterada las disposiciones contenidas en la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, esta Ley y su Reglamento Interior;


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II- Incumplir los acuerdos del Pleno.

En caso de decretarse la remoción de la totalidad de integrantes de la Mesa Directiva, se procederá a una nueva elección. En año inicial del ejercicio constitucional, tendrá que elegirse nuevamente la Mesa Directiva, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 27 de la presente ley.

POB/PSC