Familiares reportan muerte de Michelle joven desaparecida en Cholula

La Secretaría de Seguridad Pública señaló "no tener información" sobre la muerte de Michelle. La Fiscalía tampoco ha emitido algún comentario al respecto.

Familiares y amigos de Michelle Vera, quienes la buscaban desde el domingo 12 de julio, reportaron su muerte.

A través del hashtag #JusticiaParaMichelle, aseguraron que el cuerpo de la joven de 20 años fue encontrado en la región de San Martín Texmelucan, junto con otra mujer supuestamente amiga suya.

Por ahora, no se ha confirmado la causa de muerte y tampoco se sabe sobre la identidad de la otra mujer. Una tía de Michelle confirmó a un noticiario matutino que el cuerpo de su sobrina había sido identificado por su mamá.

Pese a que la noticia sobre su muerte se anunció en redes sociales desde la noche del jueves, el gobernador Miguel Barbosa dijo “no tener información” sobre el hallazgo de los cuerpos. Dijo que en la mesa de seguridad, que se lleva a cabo todas las mañanas, “no se habló” del tema.

“En la mañana que tuvimos la mesa de seguridad no se habló de ese asunto. Ahorita que hacen la pregunta, estoy atento a todo lo que se dice en la mesa de seguridad y no se habló de eso y cuando me hacen la pregunta, hablo a la Secretaría de Seguridad Pública y no me pudo corroborar el dato. No tengo información que brindarte porque puede resultar que no tenga sustento”.

Hasta el medio día de este viernes 17 de julio, la Fiscalía General del Estado de Puebla tampoco ha informado sobre el caso.

¿En qué casos el asesinato de una mujer se considera feminicidio?

En el artículo 325 del Código Penal Federal, se establece que comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género. Se considera que existen razones de género cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:

1.La víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo;

 

2.A la víctima se le hayan infligido lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores a la privación de la vida o actos de necrofilia;

3.Existan antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia en el ámbito familiar, laboral o escolar, del sujeto activo en contra de la víctima;

4.Haya existido entre el activo y la víctima una relación sentimental, afectiva o de confianza;

5.Existan datos que establezcan que hubo amenazas relacionadas con el hecho delictuoso, acoso o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima;

6.La víctima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida;

7.El cuerpo de la víctima sea expuesto o exhibido en un lugar público.

 

 

 


POB/LFJ