Generalmente se cree que solo en verano o cuando hace mucho sol se debe de usar protector solar, porque en estas ocasiones es cuando la radiación solar es más intensa. Sin embargo, el resto del año y aunque esté nublado, es necesario usar bloqueador, especialmente en el rostro.

Utilizar protector solar protege la piel de los rayos ultravioleta o rayos UV, disminuyendo el riesgo de padecer cáncer de piel, retrasando el envejecimiento de la piel y previniendo las manchas y quemaduras; por lo que todas las personas, sin importar el color ni el tipo de piel, deberían aplicárselo diariamente.

Aún estando en casa se está expuesto a la luz solar, e incluso a la radiación o luz azul que tiene los mismos efectos negativos y proviene de las pantallas de computadoras, televisiones, tabletas y teléfonos, así como de reflectores y focos. Por ello, el bloqueador también debe usarse de noche en algunas ocasiones, al exponerse a tales radiaciones.

Se recomienda que el bloqueador se utilice siempre en las partes del cuerpo que suelen estar más expuestas a la luz del día, pero principalmente en los lugares en donde la piel es más delicada, como son: la cara, el cuello, el pecho y las manos. Aunque se utilice gorra, lentes o sombrilla.

Normalmente se cree que cuando el día está nublado o lluvioso, no es necesario utilizar protector solar porque no se percibe la luz del sol. Esta es una idea errónea, ya que aunque el día no esté muy iluminado, la radiación solar continúa entrando a la tierra y los rayos ultravioleta no son detenidos ni por las nubes ni por la lluvia.

Los expertos recomiendan aplicar el bloqueador cada dos o tres horas durante el día, ya que el efecto se disminuye, y aplicarlo alrededor de cada 40 minutos o una hora si se está nadando. También recomiendan que estos tengan como mínimo una protección SPF 15.

Es importante acudir con un médico dermatólogo para que pueda sugerir un bloqueador adecuado según las necesidades de la piel, sin embargo, no es indispensable y puede comenzar el uso de bloqueador inmediatamente.

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POB/KPM