En julio pasado, la LX Legislatura aprobó diversas disposiciones del Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado de Puebla donde se regulan las figuras de paridad de género y violencia política contra las mujeres en razón de género.
El 28 de octubre el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó, por unanimidad de votos, un acuerdo por el que se establecen los Lineamientos para que los partidos políticos prevengan, atiendan, sancionen, reparen y erradiquen la violencia política contra las mujeres en razón de género.

Lo anterior significa que, para la elección de 2021, se deberá garantizar la paridad entre hombres y mujeres para tener acceso a cargos de elección popular y se sancionará a quien ejerza violencia política de género.
Además, esta elección intermedia será la primera que se organice y se lleve a cabo bajo la iniciativa “3 de 3 contra la violencia”.
En entrevista con Poblanerías.com Rocío García Olmedo, legisladora y presidente de la Comisión de Igualdad de Género del Congreso local, explicó que con esta legislación se impedirá que agresores sean candidatos e incluso se pueda revocar el registro de un partido que violente a mujeres.
¿Qué es 3 de 3?
La iniciativa 3 de 3 contra la violencia también busca brindar a los ciudadanos mejores funcionarios públicos, jueces y representantes populares. Para eso, las y los aspirantes a una candidatura deben cumplir con lo siguiente:
1. No ser deudores de pensiones alimenticias.
Si al postularse para ser candidato, las personas tienen alguna demanda por incumplimiento de pensiones alimenticias, los partidos políticos deberán descartar esa aspiración. Rocío García Olmedo, reflexiona sobre el punto y pregunta si una persona que tiene una deuda será capaz de cumplir con las promesas de campaña.
“Si hay un hombre que tiene este pendiente con las personas que son de su círculo cercano hijas o hijos; y no cumplen con las obligaciones alimentarias, ¿cómo pensamos que puedan cumplir sus obligaciones políticas con la ciudadanía y con las agendas de cada partido?”, opina.
2. No haber sido condenados por delitos sexuales contra mujeres.
El delito sexual es un término que agrupa una serie de delitos contra la libertad e indemnidad sexual; como la violación, abuso, agresión, explotación y prostitución.
“Las violencias que de este tipo se ejercen contra mujeres van a la alza. Muchas de estas violencias son originadas por toda la problemática estructural que va encaminándose al ejercicio de poder donde los hombres son quienes ejercen en mayor proporción el acoso, hostigamiento y la violación”, comenta.
De demostrarse que el aspirante cometió un delito sexual, el partido político no debe postularlo; en caso contrario, será el Instituto Electoral del Estado (IEE) –en caso de cargos locales– o el Instituto Nacional Electoral (INE) –en cargos federales– las autoridades que determinen la sanción.
Si el aspirante tiene solo señalamientos por delitos sexuales, deberá demostrar una resolución firme que lo exonere de los cargos para poder competir por un cargo.
3. Que no haya enfrentado acusaciones de violencia doméstica.
“Una persona que violenta al interior de su casa, por supuesto que va a violentar en cualquiera de los espacios donde se conduzca a las mujeres”, explica.
Rocío García Olmedo considera que, uno de los grandes retos que deberán abordarse está relacionado con la violencia psicológica y el daño hacia la autoestima que genera en las mujeres.
“Ese reto pasa por las mujeres que están viviendo este tipo de violencias y que son pareja de una persona que tiene carrera en el servicio de lo público, tienen que visibilizar y reconocer que están siendo víctimas de estas violencias y darse la fortaleza para denunciarla. Por fortuna, poco a poco se han ido mejorando mecanismos de atención y hay protocolos específicos que pueden detectar con celeridad cuando hay presencia de este tipo de violencia. Sí hay manera de demostrarla, pero hay que denunciarla”, señala.
¿Cómo funcionará?
La legislación sobre violencia política en razón de género se realiza de cara a las elecciones federales y locales de 2021 y se establece lo siguiente:
🚺 En caso de incurrir en violencia política contra las mujeres, los partidos políticos serán sancionados hasta con el retiro de su registro.
🚺 Si un candidato a cargo local incurre en violencia política, autoridades como el IEE o el INE podrán cancelar su registro. De resultar ganador, la autoridad puede determinar la nulidad de la elección.
🚺 Para ser candidato, se establece como requisito que los aspirantes a un cargo de elección popular acrediten la asistencia a un curso en materia de paridad de género, derechos humanos y no discriminación para la erradicación de la violencia política.
🚺 También podrán ser sancionados servidores públicos, representantes o dirigentes de partidos políticos e incluso líderes religiosos que incurran en violencia política en razón de género.
Paridad es el piso
Paridad en todo es el contexto para lograr la participación política de las mujeres y que permitan la igualdad de oportunidades. Para la elección inmediata, se espera que las mujeres puedan representar al menos el 50% de los cargos por los que se votará.

La legisladora poblana espera que, para esta elección, las mujeres que aspiren a un cargo de elección puedan ganarlo para ver reflejada una igualdad sustantiva.
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¿Qué esperamos? Que ese 50% de postulaciones que deberá haber de mujeres, sean triunfadoras en la elección para que podamos ver hecho realidad el sueño de que tomen protesta en el Congreso local, de que tomen protesta en los ayuntamientos y a nivel federal, la mitad total entre hombres y mujeres, o incluso más de la mitad porque la paridad solo es el piso”.
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POB/LFJ