Los alumnos de la Facultad de Medicina Humana de la Universidad Autónoma de Chiapas (UNACH) anunciaron un paro de actividades en la universidad para exigir el esclarecimiento del feminicidio de Mariana de Lourdes Sánchez Dávalos, estudiante de dicha universidad quien fue asesinada el pasado 28 de enero en Ocosingo, Chiapas.
Mariana realizaba su servicio social para terminar su proceso académico de Médico Cirujano en una clínica de la SSA ubicada en la comunidad de Nueva Palestina, Ocosingo y tenía 24 años de edad al ser encontrada sin vida en el cuarto donde vivía.
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Hace dos meses, la joven denunció una agresión sexual sufrida en Nueva Palestina, la comunidad en la que realizaba su servicio social ante la Fiscalía de Chiapas y la Secretaría de Salud del estado, pero la investigación no avanzó.
Tampoco recibió apoyo por parte de la universidad e instituciones médicas a quienes solicitó el cambio de clínica para continuar su servicio social tras haber sido violentada sexualmente, pero únicamente le dieron un mes de vacaciones de acuerdo a sus compañeros.
Las estudiantes anunciaron que a partir del lunes 1 de febrero arrancará el paro de labores indefinido en las clases en línea que cursan actualmente y además de buscar que se haga justicia por el feminicidio de su compañera, quieren generar cambios en los procesos y en la protección de los alumnos, internos o pasantes.
Conmovidos, indignados, clamando #JusticiaParaMariana en #Tapachula #TuxtlaGutiérrez #SanCristóbalDeLasCasas protestan #EstudiantesDeMedicina, madres de víctimas de feminicidios exigiendo se esclarezcan los trágicos hechos que provocaron la muerte de la estudiante de la #UNACH pic.twitter.com/Mt4XBRPagA
— Eric Rooney Urbina (@djrunny22) January 31, 2021
La comunidad universitaria se suma a las muestras de solidaridad por el deceso de nuestra alumna. Pedimos total esclarecimiento de estos hechos que dañan a un integrante de nuestra comunidad. pic.twitter.com/ALW86q7egI
— UNACH (@comunica_unach) January 29, 2021
En el artículo 325 del Código Penal Federal, se establece que comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género. Se considera que existen razones de género cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:
1. La víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo;
2. A la víctima se le hayan infligido lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores a la privación de la vida o actos de necrofilia;
3. Existan antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia en el ámbito familiar, laboral o escolar, del sujeto activo en contra de la víctima;
4. Haya existido entre el activo y la víctima una relación sentimental, afectiva o de confianza;
5. Existan datos que establezcan que hubo amenazas relacionadas con el hecho delictuoso, acoso o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima;
6. La víctima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida;
7. El cuerpo de la víctima sea expuesto o exhibido en un lugar público.
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POB/RPC