Fernando ‘N’ se entregó ante las autoridades de Chiapas, debido a que fue señalado por hostigamiento sexual en agravio de Mariana Sánchez Dávalos, la médico que fue encontrada sin vida en Ocosingo.

De acuerdo a un comunicado de la Fiscalía General del Estado (FGE) de Chiapas, dieron cumplimiento a la orden de aprehensión, por lo que ya son dos los detenidos; previamente se ejecutó la aprensión contra Analí ‘N’, por abuso de autoridad, pues a ella se le acercó la víctima, pero no la ayudó.

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Lourdes Dávalos, madre de Mariana, asegura que su hija le contó que desde que llegó a Ocosingo fue acosada por un compañero de la clínica de Nueva Palestina, donde hacia su servicio social. Incluso intentó forzar en algunas ocasiones la puerta del cuarto donde vivía, en una de estas ingresó, pero Mariana se resistió y él terminó yéndose.

Luego de darse a conocer el caso de Mariana, medios nacionales informaron que el médico al que se referían era Fernando ‘N’, quien asistió este 18 de febrero de 2021 al Tribunal Superior de Justicia del Estado de Chiapas para entregarse.

Momentos antes de ingresar, hizo un video donde asegura que se entregó debido a que su familia ha sido perseguida en sus domicilios para hacer presión debido a las acusaciones en su contra.


En el artículo 325 del Código Penal Federal, se establece que comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género. Se considera que existen razones de género cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:

1. La víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo;

 

2. A la víctima se le hayan infligido lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores a la privación de la vida o actos de necrofilia;

3. Existan antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia en el ámbito familiar, laboral o escolar, del sujeto activo en contra de la víctima;

4. Haya existido entre el activo y la víctima una relación sentimental, afectiva o de confianza;

 

5. Existan datos que establezcan que hubo amenazas relacionadas con el hecho delictuoso, acoso o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima;

6. La víctima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida;

 

7. El cuerpo de la víctima sea expuesto o exhibido en un lugar público.

 


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POB/KPM