Fue aprobado en Comisiones Unidas de la LX Legislatura el dictamen para reconocer el derecho a la identidad de las personas trans en Puebla.
En sesión en línea, los diputados integrantes de las comisiones de de Gobernación y Puntos Constitucionales y Procuración y Administración de Justicia aprobaron con siete votos a favor y tres abstenciones el proyecto presentado.
Ahora, el proyecto será enviado al Pleno para su análisis y en su caso aprobación.
Este dictamen, es llamado Ley Agnes, en honor de Agnes Torres, activista trans asesinada en 2012.
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De acuerdo con el dictamen, se busca reformar el artículo 73, 401, 831, 854 y 1432 del Código Civil de Puebla para entender la identidad de género autopercibida como:
“La condición personal e interna, tal y como cada persona se percibe así misma, la cual puede corresponder o no al sexo asignado en el registro primario. Incluye la vivencia personal del cuerpo, que podría o no involucrar la modificación de la apariencia o funcionalidad corporal, siempre que la misma sea libremente escogida”.
Pese a que fue aprobado en Comisiones, la diputada Rocío García Olmedo señaló que el dictamen podría caer en una inconstitucionalidad debido a que el Congreso local no tiene facultades para legislar sobre el procedimiento en materia procesal civil y materia familiar, como ha determinado la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Se propone que las personas que quieran el reconocimiento de su identidad de género autopercibida deberán solicitarlo ante el registro civil del municipio o localidad en donde se haya declarado su nacimiento.
Para hacerlo efectivo, no será requisito acreditar intervención quirúrgica alguna, terapias u otro diagnóstico o procedimiento de modificación corporal o de apariencia física, incluyendo la vestimenta, modo de hablar, modales, ni ninguna otra condición que dañe la dignidad humana.
Los derechos y obligaciones contraídas con anterioridad, no se modificarán ni se extinguen con la nueva identidad jurídica de la persona; incluidos los provenientes de las relaciones propias del derecho de familia.
Para solicitar una nueva acta de nacimiento donde se reconozca la identidad de género autopercibida, se deberá cumplir con lo siguiente:
- Ser de nacionalidad mexicana
- Tener al menos 18 años de edad
- Especificar el género y nombre solicitado, sin apellidos
- Presentar los siguientes documentos:
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- formato de solicitud del Registro Civil donde se manifieste el reconocimiento de identidad de género autopercibida;
- copia del acta de nacimiento primaria;
- original y copia de identificación oficial vigente.
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Una vez concluido el trámite, la nueva acta deberá anotarse en el Libro correspondiente y la primaria deberá reservarse. De los datos contenidos en el registro primario no se publicará ni expedirá constancia alguna, salvo mandamiento judicial o petición ministerial.
Concluido el trámite, la autoridad remitirá los oficios con la información de cambio de nombre y reconocimiento de la identidad de género autopercibida a las autoridades que se estimen pertinentes.
Así fue la sesión
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POB/LFJ