El ciberacoso o violencia digital afecta a alrededor de 9.4 millones de mujeres en México, quienes, las más atacadas, son las que están entre los 18 y 30 años, según ONU Mujeres.
¿Qué es la violencia digital? Es aquella que se comete a través de los medios digitales, como redes sociales (incluyendo aplicaciones de mensajería instantánea) correo electrónico o mensajería móvil (SMS).
Así como el acoso convencional, la violencia digital afecta a la mujer de forma psicológica, dañando su integridad y/o la seguridad, mermando su desarrollo, empoderamiento y el pleno disfrute de los derechos humanos como la dignidad, la libertad de expresión, el no ser objeto de entrometimientos en la vida personal y el acceso a la justicia.
Formas de agresión digital contra las mujeres
La colectiva feminista, Luchadoras, enumera 13 formas de agresión relacionadas con las tecnologías contra las mujeres, que puede estar normalizado, pero no significa que está bien.
Buscan concientizar sobre que no hay una diferencia entre la violencia online y offline, al final es violencia y que ninguna es más grave que otra, sin embargo, puede que una agresión de le pie a otra.
- Acceso o control no autorizado: Se refiere a ataques o restricción de acceso a las cuentas o dispositivos de una persona.
2. Monitoreo y acecho: Vigilancia constante a la vida en línea de alguien.3. Amenazas: Contenidos violentos, lascivos o agresivos que manifiestan una intención de daño a alguien, a sus seres queridos o a sus bienes.
4. Desprestigio: Descalificación de la trayectoria, credibilidad o imagen pública de una persona, a través de la exposición de información falsa, manipulada o fuera de contexto.5. Omisiones por parte de actores de poder regulatorio: Falta de interés. reconocimiento, acción o menosprecio por parte de autoridades, intermediarios de internet, instituciones o comunidades que pueden regular, solucionar o sancionar la violencia digital.
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6. Control y manipulación de la información: Robo, perdida de control o modificación de información no consentida.
7. Expresiones discriminatorias: Discurso contra mujeres y personas no binarias, que reflejen patrones culturales machistas basados en roles tradicionales.
8. Difusión de información personal o íntima: Compartir o publicar sin consentimiento algún tipo de información privada o datos que afecte a una persona.
9. Abuso sexual relacionado con la tecnología: Ejercer poder sobre una persona, a partir de la explotación sexual de su imagen y/o cuerpo, contra su voluntad.
10. Suplantación y/o robo de identidad: Uso o falsificación de la identidad de una persona sin su consentimiento.
11. Acoso: Conductas repetitivas y no solicitadas que resultan molestas, perturbadoras o intimidantes.
12. Extorsión: Obligar a una persona a seguir la voluntad de un tercero, por poseer algo de valor para ella, como información personal.
13. Afectaciones a canales de expresión: Acciones deliberadas para tirar y dejar fuera de circulación canales de comunicación o expresiones de una persona o un grupo.
“Lo que es virtual, también es real”
ONU Mujeres presentó un informe, que habla sobre la violencia digital hacia las mujeres como una gran problemática y cómo ha incrementado a raíz de la pandemia por Covid-19.
Con el anonimato en el internet, las y los autores pueden hacer lo que quieran, lo que causa mayor temor a la violencia y da más inseguridad y angustia a las víctimas.
Este es informe comentan que como la violencia digital es un fenómeno relativamente nuevo, no hay suficientes datos sobre este problema. Sin embargo, no es que sea “nuevo”, sino que no está aterrizado completamente, por lo que hay muchas brechas.
Datos duros
* El 73% de las mujeres en el mundo han estado expuestas o han experimentado algún tipo de violencia en línea.
* Estudios sobre la dimensión de género de la violencia en línea, indican que el 90% de las víctimas de la distribución digital no consensuada de imágenes íntimas son mujeres.
* En México, el 40.3% de ciberacoso son de insinuaciones sexuales y 32.8% de fotos o videos con contenido sexual no solicitado.
* 1 de cada 10 mujeres en el mundo, de 15 años en adelante, han sido víctimas de alguna forma de violencia en línea.
* El 28% de las mujeres que fueron objeto de violencia, basada en las Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC), han reducido su presencia en redes sociales.
* Las mujeres en el rango de edad de 18 a 24 años, tienen mayor probabilidad de sufrir acoso sexual, además de amenazas físicas en línea.
* 1 de cada 5 usuarias de internet, vive en países donde es extremadamente probable que la violencia digital quede impune.
Incremento gracias a la pandemia
Gracias a las medidas de seguridad y políticas de aislamiento por la cuarentena, el uso de las redes sociales incrementó entre un 50% y 70%, asimismo, se elevó el numero de casos de violencia digital.
“Las mujeres y niñas siguen contándose entre las principales víctimas de trata en el mundo y el uso de las redes sociales para acceder a ellas y reclutarlas va en aumento en el contexto de la pandemia”, añade el informe de ONU Mujeres.
También, habla de un incremento la muestra de contenido sexista dañino, como la pornografía consentida y no consentida, los troles o el zoombimbing, que se refiere a mostrar material sexualmente explícito y con temas raciales.
En México
El avance más significativo que tiene México en torno a este tema es la Ley Olimpia, donde se castiga a las personas que compartan contenido íntimo sin autorización del involucrado.
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En abril de 2019, se adicionó el delito de ciberacoso en el artículo 278 Nonies al Código Penal, que estipula que quien hostigue o amenace por medio de las TIC o cualquier otro espacio digital y cause un daño a la dignidad personal, o afecte la paz, la tranquilidad o la seguridad de las personas, será sancionado.
En Puebla, el 12 de marzo del 2020, se incluyó en el artículo 23 Bis, la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de Puebla, que establece que:
“Garantizarán la prevención, atención, sanción y erradicación de todos los tipos y modalidades de violencia contra las mujeres, así como su desarrollo integral y plena participación en la vida económica, política, administrativa, cultural y social del Estado.”
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POB/PCL