El pasado miércoles 3 de marzo, el Senado de México aprobó las reformas a la Ley Eléctrica, las cuales tienen como objetivo beneficiar a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) y ha sido impulsada por el presidente Andrés Manuel López Obrador.

Una vez aprobadas las reformas, el Juez Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, Juan Pablo Gómez Fierro aprobó amparos a dos empresas privadas: Parque Solar Orejana y Eoliatec del Pacífico

Ambas empresas solicitaron una suspensión temporal de la reforma al considerar que eliminaría la competencia y el desarrollo del sector energético.

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Hasta el 16 de marzo, han sido otorgados 20 amparos a diferentes empresas energéticas los cuales también han sido dados por el Juez Rodrigo de la Peza López Figueroa, quien es especialista en Competencia Económica.

Este lunes 15 de marzo, el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador envió una carta dirigida a Arturo Zaldívar, Ministro Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación pidiéndole investigar al juez Gómez Fierro por otorgar los amparos rápidamente.

La Suprema Corte envió una carta al Presidente de la República informándole que el Consejo de Judicatura Federal determinará si existen elementos para comenzar una investigación contra el Juez.

En la misma carta, Andrés Manuel mencionó al Juez José Ramón Cossío quien se ha retirado de sus funciones, acusándolo de corrupción en diversos casos, como el de la Guardería ABC.

El Juez contestó a través de twitter expresando su preocupación por la falta de compresión de lo que significa un “Estado de Derecho” por parte del presidente.

Me preocupan sus afirmaciones descontextualizadas y parciales sobre mi persona. Pero más aún su incomprensión del Estado de derecho. Los jueces son los garantes finales de la Constitución”.

Las consecuencias de los amparos

Este jueves, el juez Gómez Fierro determinará si los primeros amparos dejan de ser temporales para convertirse en definitivos, lo que provocaría que esta ley quedaría paralizada hasta en tanto no se resuelva el amparo en cuestión.

La suspensión definitiva significa que durante el juicio de amparo la ley no se puede aplicar, esperando el fallo en este juicio para revertir o aplicar las reformas, un proceso que puede durar varios meses.

 

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POB/RPC