El sexting, por su acrónimo de “sex” (sexo) y “texting” (escribir mensajes), puede resultar una forma divertida de disfrutar la sexualidad, sin embargo hay que tomar ciertas medidas para hacerlo de forma segura.
De acuerdo a Protege.la, se pueden en cuenta las siguientes recomendaciones de seguridad digital para antes, durante y después de sextear:
1 Consentimiento: No se deben de enviar contenidos sexuales sin consentimiento de una u otra persona. Pues incluso es un delito.
2Confianza: Lo ideal es compartir con la otra persona solo si se tiene confianza, porque si se hace bajo presión no es correcto.
3Acuerdos: Se pueden poner limites y hacer saber lo que les gusta y lo que no.
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4Anonimato: Es importante proteger las señas particulares que pueden identificar a la persona, así como la cara, tatuajes, cicatrices y el entorno también. Incluso se pueden usar emojis para tapar ese tipo de aspectos.
5Marca de agua: Para identificar, en caso de difusión, quien filtró una imagen, se puede colocar el nombre de la persona que recibe en las fotos y así tener el conocimiento por si pasa en el futuro.
6Canal de envío: No existen aplicaciones 100% seguras, pero sí se pueden utilizar ciertas funciones para minimizar riesgos de filtraciones, como chats secretos, autodestrucción de mensajes y archivos, inhabilitar capturas de pantalla y bloqueo de reenvíos.
7Atención al almacenamiento: Las imágenes no se deben almacenar sin el consentimiento mutuo. Sí es consensuado entonces hay que tener contraseñas seguras y cifradas.
8Saber que la filtración es un delito: Nunca es la culpa de la víctima cuando alguien comparte contenido sexual sin su consentimiento, además es un tipo de violencia.
La Cámara de Diputados aprobó con 446 votos a favor y 1 en contra el dictamen por el que se adicionan diversas disposiciones a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, así como al Código Penal Federal, con el propósito de sancionar:
“Toda acción dolosa realizada mediante el uso de tecnologías… por la que se exponga, distribuya, difunda, exhiba o comercialicen imágenes, audios o videos de contenido sexual de una persona sin su consentimiento y que le cause daño”, que es el significado que se le dan a la violencia digital.
Asimismo, cuando denuncien un caso al respecto, para garantizar la integridad de las víctimas el Ministerio Público o juez ordenarán de manera inmediata las medidas de protección necesarias, obligando a que las empresas de plataformas digitales, medios de comunicación, redes sociales o personas físicas a realicen la interrupción, bloqueo o eliminación de contenidos relacionados con las investigaciones.
Por otra parte, las sanciones para quien ejerza este delito será una pena de 3 a 6 años de prisión, así como una multa de 500 a mil UMAS, poco más de 89 mil pesos según el valor al corte del 30 de abril de 2021.
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POB/KPM