Que a una persona recién nacida se le registre en el acta de nacimiento forzosamente con el orden de apellidos: paterno y luego materno, fue declarado inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia Nacional (SCJN) , porque “viola la igualdad entre el hombre y la mujer”.
De acuerdo a Arturo Zaldívar, Ministro Presidente de la SCJN, en una explicación que dio mediante redes sociales, el padre y la madre son iguales ante la ley y ante sus hijos, por eso “merecen la misma dignidad” y es necesario que sean ambos quienes decidan el orden de los apellidos.
Es decir, esta sentencia no obliga a que vaya primero el apellido materno, sino que da oportunidad a la madre y al padre de decidir entre los dos cuál será el orden que elijan al registrar a sus hijos y/o hijas.
Asimismo, Arturo Zaldívar menciona que los padres no son superiores a las madres, ni los hombres son superiores a las mujeres, y el orden de apellidos se ha dado de esta forma porque antes se pensaba que el hombre tenía una “superioridad en la familia” y que los hijos y esposa “debían obedecerlos en todo y rendirle culto”.
“La regla mágica e inexorable de que el apellido del hombre tenía que ir antes que el de la mujer, está totalmente superada. Todos somos iguales ante la ley. Este tema que parece insignificante, no lo es, porque perpetua estereotipos”, explica.
Añade que lo que requiere la sociedad es que se haga un cambio de cultura, y que la “cultura machista se destierre para siempre de nuestro país”, por tal motivo esta decisión es un avance más en territorio mexicano para conseguirlo.
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La sentencia de la corte se da luego que una familia solicitó un amparo (208/2016) en el que justamente se reclamó la inconstitucionalidad de un artículo del Código Civil que establecía la prelación de apellidos.
En ese sentido, la sentencia se hizo, porque se viola la igualad entre el hombre y la mujer. Ahora, con esta decisión, se logra la modificación de diversos códigos penales.
Las leyes que establecen que el primer apellido de las personas debe necesariamente ser el paterno reproducen un prejuicio que discrimina y disminuye el rol de la mujer en el ámbito familiar. La desigualdad se esconde en todas partes, y de todas partes la debemos desterrar. pic.twitter.com/Np0btV10gU
— Arturo Zaldívar (@ArturoZaldivarL) December 8, 2021
Según la ley en México, todos los recién nacidos dentro en territorio nacional obtienen de manera automática el derecho a la identidad, lo que permite que niñas y niños tengan un nombre y una nacionalidad desde su nacimiento.
Con la sentencia, los padres tienen aún la obligación registrar al recién nacido, cumpliendo ciertos requisitos y presentando documentos, pero ahora tendrán la oportunidad de decidir el orden de apellidos.
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POB/KPM