Desde su creación, en 2018, el Instituto de Bienestar Animal (IBA) en Puebla ha rescatado a 248 animales víctimas de maltrato y crueldad.
En entrevista con Poblanerias.com Irma Gómez Castañeda, directora del IBA, habla sobre las facultades de esta institución, la forma en que las personas pueden denunciar maltrato animal y el resguardo de estos animales.
De acuerdo con Irma Gómez, el IBA surge a partir de la creación de la Ley de Bienestar Animal y uno de los propósitos principales es recibir las denuncias por crueldad animal, la cual incluye actos intencionales o violentos.
Indicó que en este tiempo, han recibido alrededor de 750 denuncias por maltrato; sin embargo, no todas son atendidas por el IBA, pues algunas son competencia de los Ayuntamientos, pues esta autoridad es la encargada de atender denuncias por maltrato animal u omisión a la tenencia responsable, es decir, por descuido o abandono de los humanos.
Cabe mencionar que, los reportes de animales abandonados en la calle o que requieran atención médica, también deben reportarse con los Ayuntamientos.
Entonces, ¿cuándo se debe denunciar maltrato animal ante el IBA? Cuando existan hechos de crueldad y el animal tenga un potencial riesgo de morir por acción u omisión del humano responsable.

Un caso de estos es el de “Padme” una perrita mestiza que fue rescatada con desnutrición y problemas severos en la piel, pues el humano que la tenía a su cargo, la untó con aceite para auto con la creencia de que así se le quitaría la sarna.
O el caso de “Esponjoso” un perro que era dejado en la calle por sus dueños y cuando ocurrió la explosión en San Pablo Xochimehuacán, sufrió quemaduras en más del 80% de su cuerpo.
¿Dónde y cómo denunciar maltrato animal en Puebla?
Uno de los principales problemas a los que se enfrenta cuando se habla de maltrato animal, es la falta de denuncia formal ante la autoridad, refiere Irma Gómez.
Esto debido a que, la mayoría de las denuncias por maltrato animal que se reciben en el Instituto quieren hacerse de forma anónima y porque la persona denunciante –en varias ocasiones– no es testigo directo del hecho.
“Es importante que nosotros seamos testigos de los hechos o que podamos contar con evidencias. Muchas veces nos llegan denuncias que parecen teléfono descompuesto, que lo vieron en alguna publicación, levantan esa evidencia y las remiten”.
Por esa razón, pidió a los poblanos no tener miedo a la hora de denunciar pues aseguró que los datos están protegidos por la ley y que el Instituto no informará a la persona denunciada quién hizo el reporte.
“Nosotros no hacemos denuncias anónimas porque queremos responderle al ciudadano. Además, si tenemos que remitirlo ante alguna autoridad, por ejemplo, para un tema penal, porque nosotros somos autoridad administrativa, necesitamos incluir todo el expediente completo, incluidos los datos del denunciante”.
En el artículo 94 de la Ley de Bienestar Animal en Puebla se establece que, toda persona podrá denunciar todo hecho, acto u omisión que pueda constituir crueldad o maltrato animal; para ello, debe proporcionar lo siguiente:
- Nombre y domicilio del denunciante
- Escrito donde se expongan los actos de crueldad, omisiones o hechos denunciados
- Los datos que permitan identificar al presunto infractor como son: domicilio, nombre, contacto, referencias, etc.
- Pruebas con que se cuente, por ejemplo video, imágenes, audios, documentos, etc.
La denuncia también puede hacerse vía telefónica o presencial. Cuando se realice por teléfono, el denunciante deberá ratificarla por escrito en un término de tres días hábiles.
El número de contacto del Instituto de Bienestar Animal, que recibe reportes de todo el estado, es el (222) 273 68 00 extensión 1170; y se ubica en Lateral Recta a Cholula, cerca del cruce con Periférico Ecológico.

Los Ayuntamientos son la autoridad que recibe denuncias por maltrato animal y que el perro o gato esté bajo circunstancias que impidan su desarrollo como: dejarlo por más de cuatro horas amarrado, tenerlo en condiciones insalubres o no brindarle atención médica, entre otras.
Si los actos cometidos son considerados de crueldad, el caso pasará al IBA o directo a la Fiscalía, donde se procederá conforme a la Ley de Bienestar Animal.
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En el municipio de Puebla, los denunciantes pueden acudir al Departamento Animal en la 62 poniente número 525 de la colonia Guadalupe Victoria; o bien, en Mirasoles 14, colonia Bugambilias. También puede solicitar asesoría vía telefónica en el 22 22 33 4611 o al 22 22 64 32 54.
Para presentar la denuncia por maltrato animal, se deberá hacer un escrito que contenga lo siguiente:
- Narración de los hechos sobre el maltrato animal
- Domicilio donde se efectúa el maltrato animal: calle, colonia y número. La dirección debe estar ubicada en el municipio de Puebla.
- Descripción física de el o los animales de compañía maltratados.
- De preferencia, señalar el nombre completo de la presunta persona responsable del maltrato animal.
- Señalar un domicilio y/o medio electrónico para recibir notificaciones.
- Anexar las pruebas que considere pertinentes, como imágenes o videos.
¿Qué pasa con los animales rescatados?
De acuerdo con el artículo 65 de la Ley de Bienestar Animal, una vez que se confirma que las condiciones son de crueldad y maltrato, el IBA puede sancionar de forma administrativa.
Estas sanciones contemplan un apercibimiento; multas que van de los 20 a las 20 mil unidades de medida y actualización; o el aseguramiento definitivo del animal.

Bajo este proceso y dependiendo de la gravedad del maltrato animal, el IBA puede presentar una denuncia de tipo penal ante la Fiscalía General del Estado, quien investigará y en caso de contar con suficiente evidencia, solicitará la vinculación a proceso de los responsables.
En tanto, los animales que son rescatados son rehabilitados con terapias médicas y de conducta, con el fin de que puedan reintegrarse nuevamente a un hogar.
De esta forma, nace el programa de resguardo temporal y adopciones que, hasta febrero de 2023, alrededor de 28 continúan en búsqueda de un nuevo hogar.
Cómo es la adopción
Actualmente, más de 20 perros están a la espera de encontrar un nuevo hogar. A través del programa de adopción Amor a primera vista, el IBA busca que estos animales –que fueron víctimas de maltrato– puedan reincorporarse y vivir una vida digna.
Irma Gómez explica que, las personas interesadas en adoptar uno de estos perros, puede ingresar a la página: iba.puebla.gob.mx/adopciones, donde está el catálogo de adoptables.
La mayoría de los perros rescatados vivieron bajo condiciones de desnutrición, en abandono, estaban amarrados o en lugares no aptos para su desarrollo.

En cada foto se encuentra la historia del perro y datos de su edad, talla, peso, sexo y conducta.
La persona interesada en adoptar a uno de los perros, puede hacer la solicitud a través del correo: [email protected] donde se le enviará un cuestionario.
Como parte del proceso, el interesado deberá enviar algunos documentos de identificación, comprobante de domicilio, así como loso espacios donde pretende que el animal conviva.
El personal del IBA evaluará las condiciones y le informará si el perro que eligió es compatible. En caso de informar que su perfil es el adecuado, la persona adoptante deberá acudir a las instalaciones donde está el perro y confirmar que sí desea adoptarlo.
Posteriormente, el personal del iBA acude al domicilio a verificar las condiciones donde estará el animal y se procede a su adopción.
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POB/LFJ