A través de la red social TikTok, un joven denunció que la policía municipal de Puebla lo discriminó para someterlo a las revisiones de rutina, que persisten pese a que son discriminatorias y también son un abuso de autoridad.

El usuario @jordy.bellko1 dijo que iba caminando a su casa, estaba a unos metros, cuando una unidad de la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) se retornó para detenerlo y pedirle someterse a las revisiones de rutina.

El joven les mencionó a los policías que no podían hacer la revisión de rutina, que no era la primera vez que se lo hacían en Puebla y que incluso ya le había tocado en la CDMX.

“Siempre se quieren pasar de lanza. Aquí estos carnales me quieren parar, no traigo nada, pero bueno”, dijo y enseñó la unidad P-240 con placas PB-102-A3 que hace revisiones de rutina.

Después, en el video se escucha a uno de los elementos decir que si no trae nada “no pasa nada”, pero el joven repitió que no estaba bien que lo quisieran someter a las revisiones de rutina, y señaló que es por su aspecto.

Finalmente, el joven permitió la revisión de rutina, luego compartió el video que se popularizó en la red social.

@poblanerias.com En un video, @jordy.bellako1 denunció la revisión discriminatoria por elementos de la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC). #puebla #noticias #tiktokinforma ♬ sonido original – Poblanerías


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Las revisiones están prohibidas en Puebla, luego de la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en 2018, de acuerdo al Instituto de Derechos Humanos Ignacio Ellacuría (IDHIE) y el Consejo de Participación Ciudadana de Derechos Humanos e Igualdad entre Géneros

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Pero, desde 2022, Eduardo Rivera, presidente municipal, aseguró que las revisiones de rutina se tratan de “estrategias” para inhibir delitos porque “no se va a sentar en un café”.

Aunque es un acto violatorio de derechos de la libertad, la Constitución Mexicana dice que:

Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento. En los juicios y procedimientos seguidos en forma de juicio en los que se establezca como regla la oralidad, bastará con que quede constancia de ellos en cualquier medio que dé certeza de su contenido y del cumplimiento de lo previsto en este párrafo”.

Mientras que, en las acciones de inconstitucionalidad 10/2014 y 11/2014, la SCJN estableció que “está prohibido que los policías inspeccionen a personas y vehículos a su antojo”.

Determinó que es “ilegal y arbitraria cualquier inspección que no se realice en casos de flagrancia o cuando no hay una investigación criminal”.

 

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POB/KPM