En el Congreso del Estado de Puebla, se propuso crear el Registro Estatal de Personas Agresoras Sexuales y Violentadoras de Género.

La diputada Ruth Zárate Domínguez hizo la propuesta de reformas a diversos ordenamientos estatales, con la intención de crear el Registro Estatal de Personas Agresoras Sexuales y Violentadoras de Género.

El fin es tener el control y registro de las personas sentenciadas por delitos de naturaleza sexual y violencia de género, al considerar que es una forma de prevención y protección de mujeres, niñas, niños y adolescentes.

Así, el Registro Estatal de Personas Agresoras Sexuales y Violentadoras de Género pretende incluir:

  • Clasificación de los hechos
  • Características sociodemográficas de las víctimas y el agresor
  • Relación entre ambos
  • Incidencia o reincidencia
  • Consignación
  • Sanción
  • Cumplimiento en la reparación del daño

Entre las propuestas está el hacer modificaciones al Artículo 37 del Código Penal del Estado de Puebla, para que, tras las sentencias donde haya pena privativa de la libertad, se inscriba al Registro Estatal de Personas Agresoras Sexuales y Violentadoras de Género.

Registro Estatal de Personas Agresoras Sexuales y Violentadoras de Género
(Foto: Es Imagen)

En caso que la sentencia sea suspendida o modificada por las autoridades, no cancelará la inscripción en el padrón, aunque su permanencia “no podrá exceder de la duración de la pena de prisión impuesta”.

Aunado a lo anterior, el registro pretende ajustes a la Ley de Seguridad Pública del Estado de Puebla, con el fin de no permitir que sean parte de la policía quienes están inscritos al Registro Estatal de Personas Agresoras Sexuales y Violentadoras de Género.


publicidad puebla
 

Ahora, la propuesta fue turnada para su análisis y resolución procedente a la Comisión de Procuración y Administración de Justicia.

Te puede interesar: Cómo solicitar apoyo por violencia sexual infantil en Puebla

Las reformas propuestas fueron a diversas disposiciones del Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla, de la Ley de Seguridad Pública del Estado de Puebla y de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Puebla.

__

POB/KPM