El senado de la república emitió la convocatoria y las bases de los cargos específicos que serán objeto de elección durante el Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial de la Federación para el período 2024-2025.
Así es la convocatoria de las elecciones del Poder Judicial
De acuerdo con el documento publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) en donde se elegirán 875 cargos por medio del voto popular, quedando de la siguiente forma:
- Ministras (5) y Ministros (4) de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)
- Magistradas (3) y Magistrados (2) del Tribunal de Disciplina Judicial
- Magistrada (1) y Magistrado (1) de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF)
- Magistradas (10) y Magistrados (5) de las Salas Regionales del TEPJF
- Magistradas y Magistrados de Tribunales Colegiados de Circuito y Colegiados de Apelación (464)
Además, se elegirán 386 cargos para Juezas y Jueces de Distrito en el Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial de la Federación durante el período 2024-2025.
Requisitos para las elecciones del poder judicial
El documento señala que los candidatos a ciertos cargos deben cumplir con los requisitos establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Los requisitos varían según el cargo, y se mencionan los artículos de la Constitución que regulan estos requisitos.
- Ministras y Ministros de la SCJN: Deben cumplir con los requisitos de los artículos 95, 96, 99 y 100 de la Constitución.
- Magistradas y Magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial, así como de las Salas Superior y Regionales del TEPJF: También deben cumplir con los mismos artículos mencionados anteriormente.
- Magistradas y Magistrados de Tribunales Colegiados de Circuito y Colegiados de Apelación, así como Juezas y Jueces de Distrito: Deben cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 96 y 97 de la Constitución.
📌 El Senado emitió la Convocatoria para la elección de las personas juzgadoras que se realizará el primer domingo de junio de 2025.
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— Senado de México (@senadomexicano) October 16, 2024
En cuanto a la documentación se menciona que los interesados en el registro de la candidatura de ministra o ministro de la SCJN; magistradas y magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial y magistradas y magistrados de las Salas Superior y Regionales del TEPJF, deben de presentar la siguiente documentación:
- Acta de nacimiento en copia certificada o, en su caso, documento que acredite la nacionalidad mexicana por nacimiento.
- Título profesional.
- Cédula profesional.
- Constancia de no haber sido condenado(a) por delito doloso con sanción privativa de la libertad.
- Carta bajo protesta de decir verdad, afirmando buena reputación y la no suspensión de derechos políticos.
- Currículum vitae actualizado.
- Ensayo de tres cuartillas explicando los motivos de su postulación.
- Cinco cartas de referencia de vecinos, colegas o personas que avalen que es adecuado para el cargo.
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Mientras que los magistradas o magistrados de circuito y juezas o jueces de distrito, deberán presentar los mismos documentos indicados del apartado anterior y, además, los siguientes:
- Constancia de práctica profesional de al menos tres años en un área jurídica afín a la candidatura (aplica solo para Magistradas y Magistrados de Circuito).
- Constancia de residencia en el país durante el año anterior a la publicación de la convocatoria.
- Carta bajo protesta de decir verdad, afirmando buena reputación, no haber sido condenado(a) por delito doloso con sanción privativa de la libertad, la no suspensión de derechos políticos conforme al artículo 38 de la Constitución, y de no haber ocupado ciertos cargos públicos durante el año previo a la convocatoria.
Reglas para las elecciones del poder judicial
Previo a la publicación de la convocatoria y requisitos, el 14 de octubre del presente año, se publicó en el DOF, el decreto que fija las reglas para la elección de los cargos, en donde se establece que durante el “periodo de campañas”, estas personas pueden difundir su trayectoria profesional, méritos y propuestas a través de propaganda impresa en papel reciclable y biodegradable.
Sin embargo, se prohíbe a los partidos políticos y a las personas servidoras públicas realizar actos de propaganda a favor o en contra de cualquier candidatura, así como el uso de recursos públicos para fines de promoción y propaganda relacionados con estas elecciones.
A pesar de la posibilidad de difundir propaganda, las y los candidatas no pueden recibir financiamiento público o privado para sus campañas. Esto significa que deben autofinanciarse, utilizando recursos propios para cubrir gastos personales, viáticos y traslados dentro del ámbito territorial correspondiente a su candidatura y los topes de gastos personales son determinados por el Consejo General del Instituto.
Además, aunque se prohíbe el financiamiento externo, las personas candidatas tienen la opción de utilizar redes sociales y medios digitales para promocionar sus candidaturas, siempre que no impliquen erogaciones para potenciar sus contenidos.
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POB/MMM