Tres días después del reporte de desaparición de la menor Génesis Mei Ling, el pasado 12 de enero de 2025, la Fiscalía General del estado de Puebla (FGE) halló su cuerpo sin vida en un inmueble ubicado en la Primera Privada del Barrio del Alto, era el departamento de su vecino.
A través de un comunicado, la FGE aseguró que realiza las acciones pertinentes a fin de esclarecer los hechos sucedidos en Cuautlancingo.
(Foto: Es Imagen)
¿Qué le pasó a Génesis en Cuautlancingo?
La niña de 10 años de edad, que vivía con su madre y abuela, fue reportada como desaparecida el domingo 12 de enero en Cuautlancingo. De acuerdo con la carpeta de investigación, la última vez que se le vio fue cerca de su domicilio.
A la par de pedir apoyo a la autoridad, la familia y vecinos de Cuautlancingo iniciaron su búsqueda por la zona y pegaron su ficha informativa con la esperanza de localizarla.
Silvia Varela, tía de la menor, aseguró a medios locales que, Génesis salió de su departamento para ir jugar pero nunca regresó.
Fue el 14 de enero de 2025, cuando familiares y amigos se disponían a realizar una marcha de protesta, que agentes investigadores en coordinación con la Comisión Estatal de Búsqueda, implementaron diversas acciones en puntos aledaños a la vivienda de la menor, en la Primera Privada del Barrio del Alto, donde encontraron su cuerpo sin vida.
Anuncio
¿Quién le quitó la vida a la pequeña desaparecida en Puebla?
Diversas versiones periodísticas afirman que fue una mujer quien alertó a las autoridades sobre el hallazgo del cuerpo de la menor en su departamento. Génesis presentaba signos de violencia física y sexual, y se señala como probable responsable a su esposo, quien escapó.
Hasta el momento, la Fiscalía no han emitido ninguna información al respecto, que confirme las condiciones bajo las que fue hallado el cuerpo de esta pequeña de 10 años.
Tampoco se ha dado a conocer si existen detenidos o personas implicadas en este terrible hecho. Solo ha asegurado que ya realiza las acciones pertinentes.
¿Qué es un feminicidio?
El feminicidio es considerado por el sistema penal mexicano como la muerte violenta –por razones de género– de las mujeres y es la forma más extrema de violencia.
(Foto: Es Imagen)
En el artículo 325 del Código Penal Federal, se establece que comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género. Se considera que existen razones de género cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:
La víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo.
A la víctima se le hayan infligido lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores a la privación de la vida o actos de necrofilia.
Existan antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia en el ámbito familiar, laboral o escolar, del sujeto activo en contra de la víctima.
Haya existido entre el activo y la víctima una relación sentimental, afectiva o de confianza.
Existan datos que establezcan que hubo amenazas relacionadas con el hecho delictuoso, acoso o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima.
La víctima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida.
El cuerpo de la víctima sea expuesto o exhibido en un lugar público.