El nombramiento de Enrique Rivera Reyes como titular de la Comisión Estatal de Búsqueda, continúa generando críticas, no solo entre colectivos, sino por parte de aspirantes que señalan que su designación es una imposición.

En conferencia de prensa, el abogado Josué Geovany Conde Estrada, uno de los 11 aspirantes al cargo, consideró que el nombramiento del ex presidente municipal de Chignahuapan careció de una evaluación rigurosa.

Aseguró que no se aplicaron criterios claros de evaluación ni se realizaron entrevistas para valorar las propuestas de cada aspirante.

“Considero ofensivo el hecho de que el gobierno del Estado diga que ya hay un perfil que cubrió un puntaje de 99.2%, cuando en la convocatoria nunca nos hicieron ninguna evaluación ni la entrevista de la cual se hablaba para exponer nuestras ideas.

De acuerdo con el abogado, quienes compitieron por la titularidad de la Comisión no fueron evaluados de forma equitativa y señala que solo se trató de un registro.

Conde Estrada, egresado de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, señaló que se incumplieron principios esenciales como la transparencia y la participación efectiva de las familias, lo cual vulnera normativas nacionales e internacionales.

 Josué Geovany Conde Estrada
(Foto: Poblanerias / Abogado Josué Geovany Conde Estrada)

El abogado expresó su interés por que el gobernador evalúe los 11 perfiles, ante medios de comunicación, con expertos en la materia, académicos, etc; para que derivado de ese proceso se seleccione al mejor perfil.

“La sociedad poblana, con todo lo que está enfrentando hoy en día, merece un titular en la comisión de búsqueda que tenga no solo la capacidad, sino también la disposición de hacer las cosas hombro con hombro con la gente. Pero también que tenga el valor y la firmeza de actuar siempre en apego a los derechos humanos”.

Esta denuncia se suma a las que realizaron colectivos especializados en búsqueda, pues cuestionan decisión que tomó la Secretaría de Gobernación, a cargo de Samuel Aguilar Pala, para designar a una persona que no tiene experiencia en búsqueda, señalan.

Por ejemplo, el Colectivo Voz de los Desaparecidos en Puebla denunció múltiples irregularidades en el proceso de selección y a través de un posicionamiento difundido en redes sociales, el colectivo señaló que la designación se realizó sin un previo diálogo con los familiares de personas desaparecidas.

Marcha Voz de los Desaparecidos 8M 2025
(Foto: La Resistencia / Archivo: María Luisa Núñez, marcha Voz de los Desaparecidos 8M 2025)

El pasado 28 de abril, en conferencia de prensa, María Luisa Núñez fundadora del colectivo señaló que Rivera Reyes, exalcalde del municipio de Chignahuapan, no cuenta con experiencia comprobable en derechos humanos, búsqueda de personas o ciencias forenses. Sobre el nombramiento expresó:

“no solo fue al margen de las familias, sino también al margen de la ley, atentando contra los derechos de las víctimas de la desaparición”.

¿Qué dice la ley sobre la designación de un comisionado de Búsqueda?

El artículo 28 de la Ley de Búsqueda estatal exige que la persona titular de la Comisión haya trabajado de manera destacada en temas relacionados con desaparición al menos durante los dos años previos a su nombramiento.

Además, el artículo 29 estipula que el proceso debe ser público, transparente e incluyente, con una convocatoria en la que se establezcan los requisitos y criterios de selección.

Para el colectivo Voz de los Desaparecidos en Puebla Enrique Rivera no cumple con este requisito indispensable, pues no existe un trabajo previo que lo acredite como experto en la materia.

Por esa razón considera que el proceso para nombrar a un nuevo comisionado representa un retroceso en la lucha por la verdad y la justicia. Pues, en medio de una crisis de desapariciones, para ellos, la designación responde a intereses políticos más que a criterios técnicos.

 

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POB/AFR