El Congreso del Estado de Puebla aprobó una serie de reformas a la Ley de Movilidad y Seguridad Vial que establece una nueva ley para motociclistas en Puebla, con el objetivo de regular su circulación y aumentar la seguridad vial. Las medidas incluyen desde el uso obligatorio de chalecos reflejantes hasta la prohibición de transportar menores en motocicletas.

La reforma fue aprobada en lo general con 37 votos a favor y 2 en contra, y en lo particular, los artículos sobre casco con código de identificación y chaleco para repartidores fueron avalados con 32 votos a favor y 7 en contra.

En qué consiste la nueva ley para motociclistas en Puebla

Entre los principales cambios que contempla la nueva normativa, destacan los siguientes puntos:

Casco con distintivo obligatorio

Todos los motociclistas deberán portar en su casco un código o serie alfanumérica que identifique a la persona conductora.

Este código estará vinculado al sistema de licencias de manejo de motocicletas, operado por la Secretaría de Movilidad y Transporte. El distintivo deberá colocarse en materiales que no afecten la calidad del casco.

Chaleco reflejante para repartidores

Los conductores de motocicletas utilizadas para mensajería o paquetería deberán portar un chaleco o chaqueta con al menos 20% de material reflejante en cualquier horario.

Uber moto en Puebla: ¿es suguro? ley para motociclistas en Puebla
(Foto: Es Imagen)

Prohibición para menores de 12 años

Se prohíbe que menores de 12 años o personas que “no puedan sostenerse por sí mismas” viajen como pasajeros en motocicletas.

Placas visibles y sin alteraciones

Las motocicletas no podrán portar placas alteradas u ocultas, total o parcialmente. Esto incluye cualquier modificación que impida su correcta visibilidad.

Tarjeta de circulación con especificaciones

La tarjeta de circulación deberá incluir la capacidad máxima del vehículo establecida por el fabricante. No se permitirá que las motocicletas transporten más personas de las indicadas, ni que sean modificadas para incluir asientos extra.

Luz encendida y uso de carril

Las motocicletas deberán circular en todo momento con las luces encendidas y respetar el uso individual del carril, es decir, no podrán circular dos o más motocicletas en paralelo en un mismo carril.

Scooters y bicis eléctricas con restricciones

Las bicicletas eléctricas, monopatines y otros vehículos con tracción asistida que superen los 25 km/h no podrán circular por vías primarias, de acceso controlado o de alta velocidad, salvo donde exista infraestructura segura.

Fin de permisos provisionales

Se elimina el uso de permisos provisionales de circulación, salvo para el traslado de motocicletas nuevas del punto de venta al domicilio del comprador. En ese caso, el concesionario deberá emitir un permiso avalado por la Secretaría.

Municipios deberán adecuarse

Además de la aprobación de la nueva ley para motociclistas en Puebla, el Congreso emitió un exhorto a los Ayuntamientos y Concejos Municipales para armonizar sus reglamentos en materia de movilidad.

Durante la sesión, los diputados Miguel Márquez Ríos, Elías Lozada Ortega y Araceli Celestino Rosas respaldaron el dictamen, afirmando que busca garantizar la seguridad de toda la ciudadanía.

Por su parte, la diputada de Movimiento Ciudadano, Fedrha Suriano Corrales, expresó preocupación por el impacto económico de la actualización de tarjetas de circulación, ya que este cambio no se contempla en la Ley de Ingresos.

Desde Morena, el legislador Miguel Trujillo de Ita defendió la reforma como una medida para prevenir delitos cometidos en motocicletas y profesionalizar el uso de este tipo de transporte.

 

 


POB/LFJ